Podrán beneficiarse de estas ayudas las pequeñas y medianas empresas y los empresarios individuales, que desarrollen su actividad en la Comunidad de Madrid.
Se considerarán subvencionables los gastos de inversión realizados dentro de las siguientes líneas de actuación:
• Obras de ampliación, transformación o nueva implantación de establecimientos comerciales.
Proyectos subvencionables
• Adquisición de equipamiento y mobiliario especializado que sea necesario para el desarrollo de la actividad comercial y, en especial, para la exposición de productos.
• Adquisición de equipos informáticos, tanto hardware como software, dirigidos a la implantación y mejora del comercio electrónico, así como a proyectos que permitan la implantación de las nuevas tecnologías de la información y la comunicación en los procesos de negocio comerciales.
Serán subvencionables todas aquellas inversiones que se hayan ejecutado entre el 16 de septiembre de 2018 y el 15 de septiembre de 2019 y que alcancen un coste mínimo de 10.000 euros, impuestos excluidos.
Una ayuda bienvenida
Las ayudas consistirán en subvenciones directas del 50% del presupuesto aceptado, impuestos excluidos, con el límite máximo de 20.000 euros, y un establecimiento comercial por beneficiario.
Las solicitudes deberán presentarse a través de medios electrónicos en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid, al que se podrá acceder a través de https://gestionesytramites.madrid.org