Con este Plan se pretende apoyar a las pequeñas y medianas empresas y a los empresarios individuales del sector comercial y artesano, reduciendo el impacto económico negativo generado por la crisis sanitaria del COVID-19 en el comercio y la artesanía de la Comunidad de Madrid.
Beneficiarios
- Las pequeñas y medianas empresas y los empresarios individuales que se dediquen a la actividad de comercio o artesanía y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
- En el caso de pymes comerciales, deberán desarrollar su actividad en un establecimiento físico abierto al público destinado a la venta minorista.
Acciones subvencionables
- Gastos necesarios para el reinicio de la actividad comercial de acuerdo con las medidas preventivas exigidas por la autoridad sanitaria, tales como adquisición de pantallas o mamparas, sistemas de desinfección, sistemas de conteo de personas o sistemas de control de aforos, sistemas de ventilación y purificación del aire, termómetros digitales, cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores o alfombras higienizantes.
- Gastos de integración en portales o plataformas agrupadas de internet, dedicadas a la comercialización conjunta (marketplaces), así como los gastos por registros de dominios, por altas, suscripciones (fijas o periódicas), tarifas o comisiones por operaciones, cierres de ventas, etc. en portales y plataformas comerciales en internet, para la venta o promoción de sus productos.
- Diseño y producción de páginas web que incorporen venta online, o la incorporación de la misma a una web ya existente.
- Adquisición de equipos informáticos y software necesarios para la digitalización de procesos.
Cuantía de la subvención
Subvenciones directas del 75 por 100 del coste de las contingencias subvencionables, aceptado por la Dirección General de Comercio y Consumo, impuestos excluidos, con un máximo de 5.000 euros por solicitante.
Procedimiento de concesión
Las solicitudes se tramitarán y se resolverán por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos disponibles.
Plazo de ejecución
El fomento de las actuaciones descritas en el apartado de Acciones Subvencionables extenderá su duración a lo largo del ejercicio
Más información:
https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/26/BOCM-20200826-5.PDF