News

Plan Estratégico de ayudas destinadas al comercio para paliar la crisis del COVID-19

AETC, Noticias, Subvenciones

Con este Plan se pretende  apoyar a las pequeñas y medianas empresas y a los empresarios individuales del sector comercial y artesano, reduciendo el impacto económico negativo generado por la crisis sanitaria del COVID-19 en el comercio y la artesanía de la Comunidad de Madrid.

Beneficiarios

  • Las pequeñas y medianas empresas y los empresarios individuales que se dediquen a la actividad de comercio o artesanía y desarrollen su actividad en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
  • En el caso de pymes comerciales, deberán desarrollar su actividad en un establecimiento físico abierto al público destinado a la venta minorista.

Acciones subvencionables

  • Gastos necesarios para el reinicio de la actividad comercial de acuerdo con las medidas preventivas exigidas por la autoridad sanitaria, tales como adquisición de pantallas o mamparas, sistemas de desinfección, sistemas de conteo de personas o sistemas de control de aforos, sistemas de ventilación y purificación del aire, termómetros digitales, cámaras de medición de la temperatura corporal, esterilizadores o alfombras higienizantes.
  • Gastos de integración en portales o plataformas agrupadas de internet, dedicadas a la comercialización conjunta (marketplaces), así como los gastos por registros de dominios, por altas, suscripciones (fijas o periódicas), tarifas o comisiones por operaciones, cierres de ventas, etc. en portales y plataformas comerciales en internet, para la venta o promoción de sus productos.
  • Diseño y producción de páginas web que incorporen venta online, o la incorporación de la misma a una web ya existente.
  • Adquisición de equipos informáticos y software necesarios para la digitalización de procesos.

Cuantía de la subvención

Subvenciones directas del 75 por 100 del coste de las contingencias subvencionables, aceptado por la Dirección General de Comercio y Consumo, impuestos excluidos, con un máximo de 5.000 euros por solicitante.

Procedimiento de concesión

Las solicitudes se tramitarán y se resolverán por orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos disponibles.

Plazo de ejecución

El fomento de las actuaciones descritas en el apartado de Acciones Subvencionables extenderá su duración a lo largo del ejercicio

Más información:

https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2020/08/26/BOCM-20200826-5.PDF

Deje un Comentario

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies.

ACEPTAR
Aviso de cookies